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comisión de dilución

Se cobra solo en un cierre cuyo coste esté por debajo del respaldo, en proporción a lo que ese cierre diluye. La tasa se vota entre 5,6, 9, 14,5, 23,6 y 38,2 por ciento; el cero no está disponible. Devuelve al fondo exactamente esa parte del daño causado.

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